Alcaldía Municipal de Tarazá

Antioquia

Misión y Visión

 
 

Misión · Visión

Nuestra razón de ser y el territorio que proyectamos construir.

 
 
 

01 · Propósito

Misión

El Municipio de Tarazá de Antioquia es la entidad territorial responsable de cumplir la función esencial del Estado de aumentar el bienestar general y mejorar la calidad de vida de sus habitantes (Art. 366 de la Constitución Política), a través de la satisfacción de las necesidades básicas de su población en los sectores de salud, educación, agua potable y saneamiento ambiental; buscando potenciar las fortalezas de su capital humano y del territorio y así promover su desarrollo económico, social, sostenible y de paz.

Nuestro propósito
 
 

02 · Proyección

Visión

El Municipio de Tarazá para el 2030 será un territorio con mejores oportunidades tanto en la zona urbana como rural, facilitando proyectos de desarrollo, en condiciones de una paz duradera y sostenible con el medio ambiente, logrando ubicarse entre las primeras entidades territoriales del Departamento gracias a su educación, legalidad, interconexión, transparencia, gobernabilidad y espíritu de resiliencia.

Educación
Legalidad
Transparencia
Resiliencia

Construimos territorio desde lo público

Compromiso, transparencia y desarrollo para Tarazá.

 

Marco Institucional

Funciones del Municipio

 
A)

Elaborar los planes de desarrollo municipal, en concordancia con el plan de desarrollo departamental, los planes de vida de los territorios y resguardos indígenas, incorporando las visiones de las minorías étnicas, de las organizaciones comunales y de los grupos de población vulnerables presentes en su territorio, teniendo en cuenta los criterios e instrumentos definidos por la Unidad de Planificación de Tierras Rurales y Usos Agropecuarios -UPRA -, para el ordenamiento y el uso eficiente del suelo rural, los programas de desarrollo rural con enfoque territorial, y en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo, según la ley orgánica de la materia.

B)

Formular y adoptar los planes de ordenamiento territorial, reglamentando de manera específica los usos del suelo en las áreas urbanas, de expansión y rurales, de acuerdo con las leyes y teniendo en cuenta los instrumentos definidos por la UPRA para el ordenamiento y el uso eficiente del suelo rural. Optimizar los usos de las tierras disponibles y coordinar los planes sectoriales en armonía con las políticas nacionales y los planes departamentales y metropolitanos. Los Planes de Ordenamiento Territorial serán presentados para revisión ante el Concejo Municipal o Distrital cada 12 años.

C)

Promover la participación comunitaria, la cultura de Derechos Humanos y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes. El fomento de la cultura será prioridad de los Municipios y los recursos públicos invertidos en actividades culturales tendrán, para todos los efectos legales, el carácter de gasto público social de conformidad con el artículo 1°, numeral 8 de la Ley 397 de 1997.

D)

Procurar la solución de las necesidades básicas insatisfechas de los habitantes del municipio, en lo que sea de su competencia, con especial énfasis en los niños, las niñas, los adolescentes, las mujeres cabeza de familia, las personas cabeza de familia, las personas de la tercera edad, las personas en condición de discapacidad y los demás sujetos de especial protección constitucional.

E)

En concordancia con lo establecido en el artículo 355 de la Constitución Política, los municipios y distritos podrán celebrar convenios solidarios con: los cabildos, las autoridades y organizaciones indígenas, los organismos de acción comunal y demás organizaciones civiles y asociaciones residentes en el territorio, para el desarrollo conjunto de programas y actividades establecidas por la Ley a los municipios y distritos, acorde con sus planes de desarrollo.

 

  
Agente de Tránsito
Alcalde Municipal
Auxiliar Administrativo (Almacén)
Auxiliar administrativo
Comisario de Familia
Conductor
Coordinador de Cultura
Coordinador de Deportes
Coordinador SIMAT
Coordinador SISBEN
Director de Obras Públicas
Inspector de Policía Rural
Inspector de Policía
Inspector de Tránsito
Jefe de Casa de Justicia
Jefe de Catastro
Jefe de Control Interno
Secretaria Ejecutiva
Secretario de Agricultura, Minas y Medio Ambiente
Secretario de Educación y Desarrollo Social
Secretario de Gobierno y Recursos Humanos
Secretario de Hacienda y Desarrollo Económico
Secretario de Planeación y Obras Públicas
Secretario de Protección y Bienestar Social
Tesorero Municipal
Información que protege y conecta

Alcaldía Municipal de Tarazá, Antioquia

Dirección: Calle 30 # 30-38, Palacio Municipal

Código Postal: 052467

Horario de atención: Lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 12:00 m. | 1:30 p. m. a 6:00 p. m.

Línea de atención despacho del alcalde: (+57) 304 2923625

Correo institucional: contactenos@taraza-antioquia.gov.co

Correo para notificaciones judiciales: contactenos@taraza-antioquia.gov.co

Escudo de la República de Colombia Escudo del municipio de Tarazá

Dependencias principales

Secretaría de Gobierno yRecursos Humanos

Dirección: Calle 30 # 30-38,
Palacio Municipal - PISO 4

Horario: 8:00 a. m. – 12:00 m. | 1:30 p. m. – 6:00 p. m.

Teléfono: (+57) 304 292 3622

Correo: gobierno@taraza-antioquia.gov.co

Secretaría de Planeación yObras Públicas

Dirección: Calle 30 # 30-38,
Palacio Municipal - PISO 3

Horario: 8:00 a. m. – 12:00 m. | 1:00 p. m. – 5:00 p. m.

Teléfono: (+57) 304 292 4098

Correo: planeacion@taraza-antioquia.gov.co

Secretaría de Salud y protecciónsocial

Dirección: Calle 30 # 30-38,
Palacio Municipal - PISO 2

Horario: 8:00 a. m. – 12:00 m. | 1:30 p. m. – 5:00 p. m.

Teléfono: (+57) 304 292 4058

Correo: salud@taraza-antioquia.gov.co

Síguenos en nuestras redes sociales

Última Actualización:
10/10/2026 9:35:49

Cantidad de visitas:
264317

Desarrollado por:

101 S.A.S.

© Copyright 101 S.A.S.

Volver arriba